Derechos de los pasajeros aéreos

Las compañías aéreas tienen la obligación legal de informarte sobre tus derechos e indicarte dónde puedes presentar tu queja.


Denegación de embarque

Puedes tener derecho a una compensación de entre 250€ y 600€ dependiendo de la distancia del vuelo y del retraso sufrido una vez que se te haya ofrecido un transporte alternativo razonable.


Gran retraso

Puedes solicitar el reembolso de tu billete en caso de que el retraso exceda cinco horas, pero solamente si decides no viajar.


Cancelación

Da derecho a una compensación financiera a menos que se te haya informado de la cancelación 14 días antes del vuelo, se te ofrezca un transporte alternativo próximo al horario originalmente previsto, o si la compañía aérea puede probar que la cancelación se debió a circunstancias extraordinarias.


Atención por parte de las compañías aéreas

Dependiendo de las circunstancias, si se te deniega el embarque, se cancela tu vuelo o éste está retrasado, puedes tener derecho a recibir atención por parte de la compañía aérea (comida y refrescos, servicios de comunicación y alojamiento si es preciso pernoctar). En caso de denegación de embarque o cancelación del vuelo, pueden ofrecerte la posibilidad de continuar tu viaje o reembolsarte el importe de tu billete.


Movilidad reducida

Las personas con discapacidades y los pasajeros con movilidad reducida están protegidos de toda discriminación y, a partir del 26 de julio de 2008, pueden contar con una atención apropiada (bajo ciertas condiciones) para ayudarles en todos los aeropuertos de la Unión Europea.


Identidad de la compañía aérea

Debes informarte, con antelación, de la compañía aérea encargada de efectuar tu vuelo. Las compañías aéreas consideradas inseguras están prohibidas o sujetas a restricciones en el territorio de la Unión Europea. Puedes consultar aquí la lista de las compañías aéreas prohibidas.


Responsabilidad

Las compañías aéreas pueden ser consideradas responsables de los daños y perjuicios que resulten de retrasos en el vuelo (con un máximo de ± 4.800€), daño y pérdida de equipaje (con un máximo de ± 1.200€) y en caso de fallecimiento o lesiones en accidentes. Sin embargo, las compañías aéreas no serán consideradas responsables si han tomado todas las medidas razonables para evitar los daños, o si era imposible tomar tales medidas.


Vacaciones combinadas

Los operadores turísticos de viajes combinados deben dar información precisa sobre las vacaciones reservadas, cumplir con las obligaciones contractuales y proteger a los pasajeros en caso de insolvencia del operador.

 

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