Registro obligatorio para la entrada a Reino Unido (ETA)

Requisito obligatorio para la entrada a Reino Unido.


¿Quiénes deben presentar la solicitud?
  • Todos los españoles y demás ciudadanos de la UE no residentes en el Reino Unido, incluidos bebés y niños, que deseen visitar el Reino Unido para estancias de corta duración (turismo, negocios, visitas familiares, entre otras) y no necesiten un visado.

  • También necesitan una ETA los que hagan escala en el Reino Unido y tengan que volver a facturar el equipaje y/o pasar control fronterizo. Solamente NO se necesita ETA para tránsitos que no impliquen paso por control fronterizo, lo que solo sucede en los aeropuertos de Heathrow (T4) y Mánchester. Consulta con la aerolínea si no estás seguro.

Para rellenar la información, debes entrar en el siguiente link.

Pasos a seguir para solicitar la autorización:
- Rellenar el formulario.
- Efectuar el pago mediante tarjeta de crédito (£10 hasta el 9 de abril de 2025, luego se incrementará a £16).
- Una vez efectuado el pago y efectuado todo el proceso se recibirá un correo electrónico a la dirección facilitada con la confirmación de la autorización.

IMPORTANTE


- Si el cliente no dispone de ésta autorización, el embarque le será denegado.
- No se emitirá un documento físico, ya que la ETA quedará vinculada electrónicamente al pasaporte. Se recomienda conservar la confirmación como comprobante.
- Una vez confirmada, deberán imprimirla y llevarla junto con su documentación (pasaporte y/o visado) ya que le será requerido por la compañía aérea.
- La autorización será válida para un período de 2 años o hasta la caducidad del pasaporte.
- Es válida para múltiples entradas a Reino Unido por períodos de hasta seis meses cada vez.
- Si alguno de los datos cambia en futuros viajes, se deberá actualizar desde la web.
- Es válida sólo para embarcar en el avión hacia Reino Unido y no garantiza la admisión en el país.
- Para más información: https://www.gov.uk/guidance/apply-for-an-electronic-travel-authorisation-eta


Solicitud obligatoria antes del viaje: se recomienda realizar la solicitud al menos 72 horas antes de la salida y antes de la compra de los billetes.










 

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